Lo ideal es que Ud. se comunique inmediatamente con un abogado especialista, que le indicará los pasos a seguir según cada caso en particular.
Pero asumiendo que Ud. podrá no contar con ese dato al momento del accidente, los pasos que deberá seguir serán los siguientes (se resalta en los puntos 2, 3 y 4 lo más importante, en el lugar del hecho):
1) Asistencia: Lo primero que debe hacer es requerir asistencia médica inmediata, llamando al SAME (107) y/o a la policía (911). En el centro médico donde sea asistido debe solicitar (y conservar) constancia de su concurrencia y certificado que contenga el diagnóstico de las lesiones / secuelas que haya padecido con motivo del accidente.
Si interviene la policía, anotar qué Comisaría / Seccional Policial y qué Juzgado Penal y/o Fiscalía tomaron intervención en el hecho. Procurar asimismo la obtención (ante la Comisaría/Seccional policial) del certificado de actuaciones.
2) Información sobre el accidente: Anote lugar, fecha y hora del accidente, y las condiciones del clima (día de lluvia, niebla, etc.).
3) Datos: Siempre hay que obtener la mayor cantidad de datos posibles. Los principales datos son:
(i) Vehículos: anotar los datos de los vehículos intervinientes: marca, modelo y patente (o de interno si es taxi, colectivo, etc. – ver aquí variantes según el tipo de accidente).
Verificar si quien conducía era el dueño del vehículo o no (solicitar la cédula verde al efecto).
(ii) Seguro: nombre de la aseguradora y número de póliza.
(iii) Datos personales: nombre y apellido del conductor, número de documento, domicilio, teléfono, número de carnet de conducir (verificar la fecha de vencimiento).
Anotar también los datos del propietario del automotor (según información en la Cédula verde y/o la póliza de seguro).
(iv) Testigos: registrar los datos de los testigos del hecho (si los hay): nombre completo, domicilio, teléfono (todo lo necesario como para poder ubicarlo luego del accidente).
Según el TIPO DE ACCIDENTE, tomar, además, los siguientes recaudos:
Accidentes en general
4) Fotografías: Tomar fotografías (incluso con su celular – no es necesario que tome medidas especiales) de los daños en su vehículo (y eventualmente, en objetos transportados) y lesiones en su persona. También es útil sacar fotografías del lugar del accidente.
5) Denuncia policial: En accidentes ocurridos en Capital Federal, debe hacerla dentro de las 48 hs. hábiles desde el momento en que se produjo el accidente, en cualquier comisaría. En Provincia de Buenos Aires, basta con hacer la denuncia administrativa ante el productor de seguros o compañía de seguros.
En la mayoría de los casos, cuando hay lesionados, la policía interviene sin que se haga la denuncia.
La denuncia policial es fundamental para cualquier reclamo en relación con un accidente de tránsito.
6) Denuncia administrativa: Es muy importante. Debe hacerla dentro de las72 horas hábiles desde el momento en que se produjo el accidente. Debe describir lo sucedido ante su compañía de seguros o su representante (productor). Si hace la denuncia en forma telefónica, asegúrese de que le den el número de siniestro. Al cumplir este paso, solicite el Certificado de cobertura (es un certificado que brinda información del tipo y plazo de cobertura que usted contrató con su compañía de seguro).
Recomendamos que siempre realice la denuncia administrativa, por más pequeño que sea el accidente.
Ante cualquier duda, consulte antes de hacer la denuncia. La aseguradora aprovechará cualquier error que Ud. cometa en esta instancia.
7) Lesiones y/o fallecimiento: En el supuesto de lesiones y/o muerte producto de un accidente, además de lo expuesto, debe: (i) Realizar la denuncia penal. (ii) Conservar comprobantes de atenciones y prescripciones médicas, recetas, comprobantes de turnos, tickets y recibos de todos los gastos relacionados con el accidente, ya sea desde la compra de medicamentos, hasta el ticket de un remís o taxi por traslado a una consulta médica. Si no tiene algún comprobante, puede reclamar igualmente.
8) Presupuesto: Procurar la obtención de un presupuesto por la reparación de los daños que haya padecido su vehículo. Es conveniente no reparar el vehículo hasta que lo inspeccione la compañía de seguros que cubrirá el siniestro. Si necesita repararlo en forma urgente, deberá sacarle fotos previamente.
9) Consulta profesional: Consulte a un abogado de su confianza.
Evacue cualquier duda antes de declarar sobre lo acontecido en sede policial y/o ante la Compañía de seguros. Asesórese y conozca sus derechos. Nuestro Estudio está a su disposición en forma permanente para ello (contáctenos aquí).